Cardiología intervencionista

Seguro de mala praxis para cardiología intervencionista

Las aseguradoras ponen a disposición de los cardiólogos intervencionistas distintos paquetes para que puedan cotizar y contratar una póliza de seguro

La cardiología intervencionista es la especialidad clínica que tiene como finalidad disminuir la seriedad de las operaciones a corazón abierto al momento de realizar tratamientos usuales en el ejercicio cardiológico convencional.

Dichas intervenciones a pesar de estar diseñadas para realizar “invasión mínima” con el fin de efectuar tratamientos al corazón por medio de catéteres no escapa de los riegos asociados de cualquier clase de intervención y menos aún a la responsabilidad propia del médico con sus pacientes.

Por este motivo esta especialidad clínica es especialmente susceptible a ser acusado de mala praxis a pesar de que el medico con especialidad en cardiología intervencionista realiza diligentemente su misión.

Aunque no siempre es fácil demostrar que existió una negligencia por parte del médico con especialidad en cardiología intervencionista, el solo hecho de ser acusado ocasiona un daño considerable al prestigio laboral del doctor, y esta situación desafortunadamente solo se extiende a medida que transcurre el proceso judicial respectivo.

Es por este motivo que las aseguradoras ponen a disposición de los cardiólogos intervencionistas distintos paquetes para que puedan cotizar y contratar una póliza de seguro especializada en mala praxis clínica, con el fin de proteger el futuro profesional e integridad financiera ante una acusación de este tipo.

En primer lugar, se dispone de asesoría legal personalizada para cada caso, con lo que el medico contará con especialistas en mala praxis que no solo le indicaran cual es la mejor manera de actuar ante la demanda, sino que le representaran tanto en negociaciones fuera de los juzgados o ante una corte disciplinaria, y en los peores casos ante tribunales civiles o penales.

Además, al momento de contratar un seguro contra mala praxis se puede seleccionar entre distintas opciones para un fondo monetario destinado para cancelar las compensaciones convenidas hacia los demandantes, sin importar si el monto es convenido en una negociación extrajudicial o impuesto por una corte civil.